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ERVICIO DE
G
ESTIÓN
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DMINISTRATIVA Y
R
ELACIONES
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Fecha de Actualización: Mayo 2017
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GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección General de Personal
Docente y Planificación Educativa
1. ÁMBITO PERSONAL
1. El contenido de esta normativa será de aplicación al personal docente que preste sus
servicios en centros educativos vinculados al calendario escolar, dependientes de la
Consejería competente en materia de educación del Principado de Asturias, ya se encuentren
acogidos al Régimen General de la Seguridad Social o al Régimen Especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del estado.
2. También tendrá carácter supletorio para el personal laboral docente que no esté
incluido en el ámbito de aplicación de convenio colectivo alguno, y que preste sus servicios
en centros educativos vinculados al calendario escolar.
3. El resto del personal laboral docente se regirá por lo pactado en el convenio colectivo
que le sea de aplicación.
4. A estos efectos se entiende como centro educativo vinculado al calendario escolar
todos los centros mencionados en la Resolución de la Consejería competente en materia de
educación por la que se apruebe el calendario para el correspondiente curso escolar.
5. Además, se asimilan a centros educativos con vinculación al calendario escolar, los
equipos de orientación educativa y psicopedagógica.