Página 13 - MANUAL-PERMISOS-ACTUALIZADO-HorarioVacacionesPermisosyAusenc

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S
ERVICIO DE
G
ESTIÓN
A
DMINISTRATIVA Y
R
ELACIONES
L
ABORALES
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Fecha de Actualización: Mayo 2017
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GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección General de Personal
Docente y Planificación Educativa
4.c)
FUNCIONES SINDICALES O DE REPRESENTACIÓN DE PERSONAL
Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que
se determine
(
art. 48 c) TR DE LA LEY DEL EBEP y normativa autonómica de desarrollo
)
.
Funciones sindicales de carácter permanente
Si tiene la finalidad de realizar funciones relacionadas con la Administración en las
estructuras del propio sindicato por el tiempo que dure la designación.
Funciones a desarrollar en el propio centro de trabajo
Por el tiempo que dure la designación o elección.
Funciones de representación del personal
Por el tiempo que dure la designación o elección.
Formación sindical, funciones sindicales/representativas de carácter ocasional
Por el tiempo indispensable.
-
Solicitud:
Antelación mínima de 5 días, mediante modelo oficial presentado en la dirección
del centro educativo o mediante procedimiento telemático, e informe de su
titular.
-
Documentación a presentar en la dirección del centro y su traslado a la D. G.
competente en materia de personal docente:
-
Cualquier documento que justifique la actividad, función o representación.
-
Órgano de resolución:
titular del Servicio competente en materia de gestión de personal
docente, por delegación de competencias.
-
Plazo de resolución y efectos del silencio:
5 días, estimatorio.