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ERVICIO DE
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ESTIÓN
A
DMINISTRATIVA Y
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ELACIONES
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ABORALES
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Fecha de Actualización: Mayo 2017
18
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección General de Personal
Docente y Planificación Educativa
horas u 8 horas, redondeando al alza las fracciones superiores a medio día con la
oportuna adaptación en caso de personal contratado a tiempo parcial, siendo hábiles los
días que resulten de dicho cálculo.
e) Se efectuará la oportuna regularización en las retribuciones de los empleados
públicos que dejaran de prestar servicios antes de completar las jornadas que se tuvieron
en cuenta para reconocer el permiso, tal es el caso del disfrute de una excedencia o de
un permiso sin sueldo con posterioridad al tiempo de lactancia acumulada disfrutada
(circular de la Dirección General de la Función Pública de 22 de febrero de 2017 sobre
criterios de aplicación del permiso de lactancia).
-
Solicitud:
Antelación mínima de 10 días, mediante modelo oficial presentado en la
dirección del centro educativo, e informe de su titular.
-
Documentación a presentar en la dirección del centro y su traslado a la D. G.
competente en materia de personal docente:
-
De forma simultánea a la solicitud del permiso el empleado público deberá acreditar
documentalmente la fecha de nacimiento del hijo mediante la presentación de la
fotocopia del libro de familia, o inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
-
Órgano de resolución:
titular del servicio competente en materia de gestión de personal
docente, por delegación de competencias.
-
Plazo de resolución y efectos del silencio:
5 días; estimatorio.